Programa de Apoyo a Regantes
junio 21, 2022

Programa de Apoyo a Regantes

» TODOS JUNTOS POR UN RIEGO EFICIENTE Y SUSTENTABLE»

¿Cómo se origina el PAR?

El programa de apoyo a regantes (PAR) se origina a partir de la entrada en vigencia de la ley de reforma del Código de Aguas, la que entre sus muchas materias viene a establecer nuevos requisitos para los DAA y crear nuevas sanciones en el evento de incumplirse con los primeros.

Requisitos y Sanciones

Al respecto, la nueva norma establece dos requisitos para los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos antes de la entrada en vigencia de la Reforma, ambos sujetos a distintos tipos de sanciones, según se cumpla o no con los mismos, a saber:

1. Inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces (CBR) competente.

– Inscripción CBR

– Plazos.

– Sanción: caducidad

2. Inscripción de los derechos (ya inscritos en el Conservador) en el Catastro Público de Aguas de la DGA (DGA – CPA).

– Inscripción CPA.

– Plazo

– Sanción: multa

La Reforma indica que los derechos de aprovechamientos de aguas que a la fecha de publicación de esta ley (06 de abril de 2022) no estuvieren inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, deberán ser inscritos transcurrido el plazo de dieciocho meses contado desde la publicación.
La sanción ante el incumplimiento de esta obligación es la caducidad del derecho de aprovechamiento de aguas constituido por acto de autoridad.

La Reforma indica que los titulares de derechos constituidos con anterioridad a la publicación de la ley, que tengan inscripción en el CBR pero no inscripción en el CPA – DGA, deberán acreditar la primera a la DGA, dentro de 18 meses desde la publicación de la ley (06 de abril de 2022) acompañando copia de la inscripción y del certificado de dominio vigente.
La sanción ante el incumplimiento de esta obligación es la aplicación de una multa de segundo grado es decir de 51 a 100 unidades tributarias mensuales.

¿De qué se trata el  Programa de  Apoyo a  Regantes?

Este programa propone  iniciativas de apoyo a pequeños  agricultores y comunidades de agua que, por diversos motivos,  no han realizado las gestiones  que les permitan mantener regularizados sus derechos de  agua.

Además, proporcionar apoyo técnico y operativo para el mejoramiento de sus canales y obras.

¿A quienes va dirigido el PAR?

  • Pequeños agricultores.
  • Comunidades de agua no  organizadas y/o no  constituidas legalmente.

Nuestros objetivos

  • Apoyar y asesorar a los regantes en la inscripción de los derechos de agua en el Conservador de Bienes Raíces y Catastro Público  de Aguas (DGA).
  • Asegurar la correcta distribución de aguas.

Etapas que Contempla el PAR

Regularizar.

Organizar.

Apoyo operativo al suministro de riego.

Beneficios de Participar en el Programa

  • Otorgar a cada usuario de  derechos de aguas, miembro de  la Asociación, las herramientas  para que obtengan las certezas  y la seguridad de recibir el  agua que en derecho le  corresponde.
  • En periodos de sequía se  disminuye la probabilidad  de conflictos por una mejor  administración del recurso.
  • Motivar el fortalecimiento de las comunidades organizadas y promover la organización de los usuarios de agua. 
  • Establecer cuotas de agua que, al estar bien calculadas y siendo aceptadas por todos, permite un óptimo funcionamiento y mantención de sus obras de riego, mejorando la eficiencia general del sistema.
  • Se reduce la posibilidad de conflicto de usuarios de aguas y se crean oportunidades de solución de estos dentro de la misma comunidad.
  • Implementación de un registro de usuarios actualizado.
  • Mantener en buen estado de funcionamiento los canales y obras particulares de la comunidad, mejorando el sistema de distribución y riego de todos los usuarios.
  • Asegurar la continuidad de la titularidad legal de los derechos de aguas frente a los cambios legislativos en curso.
  • Garantizar el reparto proporcional del agua entre los usuarios.
  • Legalmente constituida, la  comunidad de agua adquirirá  las atribuciones legales para  hacer cumplir los deberes y  obligaciones que tienen los  usuarios.
  • Aumento de la posibilidad de acceso a los subsidios del Estado (Por ejemplo, riego tecnificado, revestimiento de canales).
  • Creación de un lugar físico que identifique y permita el funcionamiento de las comunidades de agua.
  • Disminuir la morosidad interna de la comunidad en los pagos de cuotas por mantención y operación del sistema.
  • En caso de ser necesario, establecer y hacer respetar turnos de riego que permitan el goce proporcional y equitativo del agua que corresponde a cada usuario.

VIRGINIA SUBERCASEAUX #5946

2 2854 8124 | 2 2854 8130

Oficina +56 9 6834 3656

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